Dar cumplimiento a la implementación de la Nueva Constitución Política del Estado en lo referente a la otorgación de Cedulas de Identidad, para lo cual se realizan los tramites correspondientes ante las autoridades superiores en Bolivia.
La Carnetización es el proceso de extensión y/o renovación de Cédulas de Identidad a ciudadanos bolivianos residentes en Colombia y descendientes que se otorga en la Embajada de Bolivia en este país a través de la Agregaduria Policial.
La Cédula de Identidad es el documento que expide la autoridad policial boliviana, con el fin de “acreditar la identificación de la persona en cuyo favor se ha expedido”. Es el documento público, personal e intransferible, por lo cual el Estado, mediante la Policía Nacional de Bolivia, legitima la autenticidad de la identidad de su titular en todos los actos jurídicos públicos y privados en los que la presente o manifieste, haciendo fe de todos y cada uno de los datos que contenga, salvo prueba en contrario, goza de la protección que las leyes otorgan a los documentos de esta naturaleza.
1) Obtencion de la Cedula de Identidad por primera vez
El trámite será solo para ciudadanos bolivianos e hijos de bolivianos nacidos en el exterior.
Para MENORES DE EDAD hasta los 18 años (acompañados por lo menos de uno de sus padres):
Para MAYORES DE EDAD a partir de los 18 años y un día presentarán el Certificado de Nacimiento original. Para avalar su identidad se adjuntará cualquiera de los siguientes documentos:
Para CASADOS, además de los anteriores Certificados, presentar Certificado de Matrimonio.
Para VIUDOS, además de los anteriores Certificados, presentar el Certificado de Defunción del cónyuge.
Para DIVORCIADOS, además de los anteriores Certificados, presentar Cancelación de la Partida de Matrimonio.
Para PROFESIONALES, además de los anteriores Certificados, presentar Título en Provisión Nacional o Diploma Académico (Universidad, Magisterio, FF.AA., Policía Nacional, Técnico Medio y Técnico Superior, acompañado de su respectiva fotocopia).
Para OTRAS OCUPACIONES, además de los anteriores Certificados, justificar con documentos de orden público (RUC, Credenciales y otros).
OBSERVACIONES: Los documentos a presentan deben ser originales.
2) Renovación de Cédula de identidad
Toda persona que desea renovar su Cedula de Identidad, deberá aproximarse a la Agregaduría Policial con su Cédula caducada en la fecha de otorgación para facilitar su renovación.
NACIONALIDAD SEGÚN LA C.P.E.
ARTICULO 36°.- Son bolivianos de origen:
1. Los nacidos en el territorio de la República, con excepción de los hijos de extranjeros que se encuentren en Bolivia al servicio de su gobierno.
2. Los nacidos en el extranjero de padre o madre bolivianos por el sólo hecho de avecindarse en el territorio nacional o de inscribirse en los consulados.
ARTICULO 37°.- Son bolivianos por naturalización:
1. Los españoles y latinoamericanos que adquieran la nacionalidad boliviana sin hacer renuncia de la de su origen, cuando existan, a título de reciprocidad, convenios de nacionalidad plural con sus gobiernos respectivos.
2. Los extranjeros que habiendo residido dos años en la República declaren su voluntad de adquirir la nacionalidad boliviana y obtengan carta de naturalización conforme a ley. El tiempo de permanencia se reducirá a un año tratándose de extranjeros que se encuentren en los casos siguientes:
a. Que tengan cónyuge o hijos bolivianos. b. Que se dediquen regularmente al trabajo agrícola o industrial. c. Que ejerzan funciones educativas, científicas o técnicas.
3. Los extranjeros que a la edad legalmente requerida presten el servicio militar.
4. Los extranjeros que por sus servicios al país la obtengan de la Cámara de Senadores.
ARTICULO 38°.-
Los bolivianos, hombres y mujeres, casados con extranjeros, no pierden su nacionalidad. Los Extranjeros, hombres y mujeres, casados con bolivianos o bolivianas adquieren la nacionalidad boliviana siempre que residan en el país y manifiesten su conformidad y no la pierden aun en los casos de viudez o de divorcio.
ARTICULO 39°.-
La nacionalidad boliviana no se pierde por adquirir nacionalidad extranjera. Quien adquiera nacionalidad boliviana no será obligado a renunciar a su nacionalidad originaria.
Los costos que representan la Carnetización en Colombia estaran en función del Decreto que expida el Congreso Nacional y en todo caso cubriran los gastos que representan en los materiales.
Para recabar mayor información favor dirigirse a:
Oficina Agregaduría Policial a la Embajada de Bolivia en Colombia
Calle 108 A No. 21 - 42
Telf: (57-1) 6195509 - 2142325 - 2139156
Fax (57-1) 6106050
e-mail: agregado.policial@embajadaboliviacolombia.org
Bogotá D.C.
Horarios de atención
8:30 a.m. a 12:30 p.m.
Para la extensión y/o renovación de la Cedula de Identidad se tienen los siguientes instrumentos legales:
Constitución Política del Estado
ART. 36°.- Son bolivianos de origen:
1. Los nacidos en el territorio de la República, con excepción de los hijos de extranjeros que se encuentren en Bolivia al servicio de su gobierno.
2. Los nacidos en el extranjero de padre o madre bolivianos por el sólo hecho de avecindarse en el territorio nacional o de inscribirse en los consulados.
ART. 215°.-:
1. La Policía Nacional, como fuerza pública, tiene la misión específica de la defensa de la sociedad y la conservación del orden público y la defensa y el cumplimiento de las leyes en todo el territorio nacional. Ejerce la función policial de manera integral y bajo mando único, en conformidad con su Ley Orgánica y las leyes de la República.
Ley Orgánica de la Policía Nacional de Bolivia
Ley del 10 de Diciembre de 1927
Decretos Supremos Nos. 04180 y 04280 de 1955
Manual de Funciones y Procedimientos de la Dirección Nacional de Identificación Personal
Reglamento de Agregadurías Policiales
La Agregaduría Policial a la Embajada de Bolivia en Colombia, invita a la comunidad boliviana radicada en Colombia y a los amigos colombianos, a la misa que ofrecerá en honor a la Virgen de Copacabana, el día viernes 5 de diciembre a horas 10 en la sede de la Misión Diplomática, Calle 108A No. 21-42 (Chicó Navarra), Bogotá D.C.
Bogotá, 2 de diciembre de 2008
Misa de acción de gracias en devoción a la Virgen de Copacabana ofreció la Agregaduría Policial a la Embajada de Bolivia en Colombia
El día 5 de diciembre en instalaciones de la sede de la Misión Diplomática en Bogotá, la Agregaduría Policial a la Embajada de Bolivia en Colombia, ofreció una misa de acción de gracias en devoción y agradecimiento a la Virgen de Copacabana, Patrona de la Policía Nacional de Bolivia y de otras importantes instituciones del ámbito católico nacional.

Misa de acción de gracias en devoción a la Virgen de Copacabana. Embajada de Bolivia, Bogotá D.C. 5-12-2008
A esta misa de acción de gracias asistieron, miembros de la colonia boliviana en Colombia, miembros de la Asociación de Damas Bolivianas en Colombia, funcionarios de la Embajada de Bolivia, e invitados especiales de la Agregaduría Policial boliviana, quienes luego de la ceremonia religiosa, tuvieron oportunidad de degustar un vino de honor y una pequeña muestra de la gastronomía boliviana a manera de pasabocas, finalizando de esta manera, la ceremonia religiosa programada por el Cnel. Juan Carlos Martínez Cavero, Agregado Policial boliviano en Colombia.
Calle 108A No. 21- 42, Chicó Navarra, Bogotá D.C.
Teléfonos: (571) 619 5509 - 214 2325 - 2139156 Fax: (571) 619 6050
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