Autor

Gustavo Aleixo

Fecha

septiembre 14, 2017

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Mediante un Instructivo dirigido a los operadores de control migratorio en puestos fronterizos, y de control migratorio terrestre y aeroportuario, la Dirección General de Migración ratificó la plena validez de la cédula de identidad como documento válido para el viaje de ciudadanos bolivianos.

En tal sentido, se instruye que para salir del territorio nacional, los bolivianos deben presentar los siguientes documentos: pasaporte válido y vigente o cédula de identidad válida y vigente. La cédula de identidad emitida en los Consulados de Bolivia en el exterior es un documento de viaje válido.

En tanto que para el ingreso de a territorio boliviano los ciudadanos bolivianos deben presentar cualquier documento que acredite su identidad y su nacionalidad boliviana o en casos excepcionales salvoconductos consular. Además de los requisitos señalados, los niños y adolescentes deben cumplir con los requisitos y obligaciones legalmente establecidas.

La referida resolución se emitió en conocimiento de que ciudadanos bolivianos que radican en el exterior y que portan cédulas de identidad emitidas en los Consulados de Bolivia (habiltiados para tal fin) habrían tenido inconvenientes al realizar gestiones migratorias y/o aduaneras en puestos de control fronterizos colindantes con la República Argentina.

Dicha resolución se aprobó al amparo del artículo 16 de la Ley N° 370 de Migración y con el fin de precautelar el ejercicio del derecho a la libre circulación de los connacionales bolivianos al efectuar un movimiento migratorio.